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Registro de deudores alimentarios será público y no podrán salir del país

  • marzo 23, 2023
  • 2 min read
Registro de deudores alimentarios será público y no podrán salir del país

El Senado de la República aprobó con 84 votos a favor la reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes con la que se crea un registro nacional que concentrará la información de deudores alimentarios y sus acreedores, y con la que se establecen medidas de restricción en caso del incumplimiento de sus obligaciones.

Con dichos cambios a la ley, ahora cada persona deberá presentar el certificado de no inscripción al Registro Nacional de Deudores Alimentarios para la realización de ciertos trámites, tales como: solicitud de permisos y licencias para conducir; trámite de pasaporte o documento de identidad de viaje, así como trámites ante notario, referentes a la compra-venta de inmuebles y cesión de derechos.

Asimismo, el certificado deberá presentarse para solicitudes de matrimonio, donde —en caso de sí estar dentro del padrón— el Registro Civil informará a los solicitantes sobre las deudas alimentarias del registrado.

Además, en caso de ser deudor alimentario moroso, no se podrá participar como candidato a cargos de elección popular o cargos concejiles, ni se podrá ser parte de procesos para la designación de personas juzgadoras (magistrados o ministros).

La también presidenta de la Comisión de Justicia del Senado indicó que también se prevén medidas de restricción migratoria para impedir que las personas inscritas en dicho registro puedan salir del país, cuando sean deudores alimentarios y existan los medios de prueba para determinar un riesgo de evasión del pago de deuda.

VÍA INFOBAE

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