En Corregidora, quema de pirotecnia solo será de 6:00 a 22:00 horas
La quema de pirotecnia en el municipio de Corregidora únicamente podrá realizarse entre las 6:00 y las 22:00 horas, de acuerdo con los lineamientos para el uso y manejo de artificios pirotécnicos del municipio, los cuales fueron aprobados esta tarde en sesión de Cabildo.
Dichos lineamientos señalan que serán aplicables a eventos sociales, religiosos, cívicos, particulares, establecimientos, conciertos, espectáculos públicos y/o privados, debiendo ser supervisado por las áreas involucradas en la materia.
Roberto Sosa Pichardo, alcalde de Corregidora, mencionó que las sanciones van desde la amonestación hasta multas económicas de cinco mil a 25 mil pesos.
“Hay sanciones, en el reglamento municipal lo que vamos a hacer es que cuando alguien esté quemando va a llegar una cuadrilla especializada de protección civil, les va a pedir muéstrame tu permiso que compraste con un permisionario, muéstrame tu licencia, etc, si no lo tienen la primera sanción va a ser ‘te la recojo’ y estás con una amonestación, reiteras y entonces hay multas”, enfatizó.
En recorridos, peregrinaciones o actos cívicos, jornada, actividad o cambio de sede en donde una o más corporaciones se involucren, solamente se permitirá la quema de artificios pirotécnicos hasta por la cantidad de una gruesa de cohetes, es decir, doce docenas de cohetes (144) y se deberá contar con al menos dos extintores de polvo químico seco de 4.5 kilogramos.
Para la quema de artificios pirotécnicos se deberá contar con la constancia que acredite la capacitación del curso en primeros auxilios, combate de incendios y evacuación de inmuebles, además de la documentación que acredite la compra legal de ésta; asimismo, se deberá firmar una carta responsiva que entregará Protección Civil municipal.







